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IMPUESTO SOBRE LA RENTA

El Impuesto sobre la Renta (IR) en Nicaragua es un impuesto directo y personal que grava las rentas de fuente nicaragüense obtenidas por los contribuyentes, ya sean residentes o no residentes [1-3].


Este impuesto se aplica a diversas categorías de ingresos y tiene un marco regulatorio que define qué rentas están gravadas, cuáles están exentas y cómo se deben calcular y declarar los impuestos [1, 2].


Materia Imponible: El IR grava las siguientes rentas de fuente nicaragüense [1-3]: Rentas del trabajo: Ingresos derivados del trabajo personal, como salarios, sueldos, bonificaciones, y cualquier otra forma de remuneración [1, 2, 4].


Rentas de actividades económicas: Ingresos provenientes de cualquier actividad comercial, industrial, de servicios, o cualquier otro tipo de negocio [1, 2].


Rentas de capital y ganancias y pérdidas de capital: Ingresos generados por inversiones, intereses, dividendos, alquileres, y la venta de activos [1, 2, 5].


Incremento de patrimonio no justificado: Ingresos que el contribuyente no pueda justificar como rentas, utilidades, ganancias extraordinarias, aportaciones de capital o préstamos [1, 2].


Periodo Fiscal y Declaración: El período fiscal del IR es anual [6, 7].

Los contribuyentes deben presentar su declaración de rentas y pagar el impuesto dentro de los tres meses siguientes al cierre del período fiscal [7].

Los contribuyentes que obtengan rentas del trabajo de un solo empleador no están obligados a declarar, a menos que hagan uso de su derecho a deducciones o tengan otras fuentes de ingresos [8].


Los contribuyentes que perciban rentas del trabajo de dos o más empleadores, o que hagan uso de deducciones, deben presentar declaración anual [8].

Rentas Exentas del IR: El IR tiene varias exenciones, algunas de las cuales son: Rentas del trabajo:Los primeros C$100,000 de renta neta anual [9-11].

El décimo tercer mes (aguinaldo), hasta el monto establecido en el Código del Trabajo [9-11].


Las indemnizaciones según el índice de costo de vida que el Estado pague a sus funcionarios en el servicio exterior [12, 13].

Los viáticos, telefonía, vehículos, combustible, gastos de depreciación y mantenimiento de vehículo, gastos de representación y reembolsos de gastos necesarios para ejercer las funciones propias del cargo, siempre que no constituyan renta o una simulación u ocultamiento de la misma [14].


Rentas de capital y ganancias de capital:Las provenientes de títulos valores del Estado emitidos hasta el 31 de diciembre de 2009 [15, 16].

Las ganancias de capital que se pongan de manifiesto para el donante, con ocasión de las donaciones [15].


Las transmisiones a título gratuito recibidas por el donatario [15].


Los premios de loterías, juegos y apuestas en casinos y bingos [15].


Otras exenciones:Las cooperativas legalmente constituidas, hasta un monto anual menor o igual a 40 millones de córdobas netos [17, 18].


Las instituciones artísticas, científicas, educativas y culturales [15].

Los sindicatos de trabajadores [15].


Los partidos políticos [15].


La Cruz Roja Nicaragüense y los Cuerpos de Bomberos [15].


Las instituciones de beneficencia y de asistencia social [15].

Las comunidades indígenas [15].


Las asociaciones civiles sin fines de lucro [15].


Las sociedades cooperativas [15].


Las universidades y centros de educación técnica [19, 20].


Los medios de comunicación social [19].


Es importante notar que las personas o empresas que gocen de exenciones o exoneraciones del IR en otras leyes, convenios, contratos o tratados, pero en los que no se especifique la separación del IR por tipo de renta, se entenderá que están exentas o exoneradas del IR de rentas de actividades económicas, pero deberán pagar el IR de las rentas de capital, ganancias de capital y rentas del trabajo [21-23].


Rentas Excluidas del IR de Actividades Económicas: Las rentas de capital y las ganancias y pérdidas de capital, siempre y cuando sean menores al 40% de la renta gravable [24].

Las indemnizaciones por daños materiales o contratos de seguro, a menos que constituyan rentas [25].


Los ingresos de exportadores extranjeros por la introducción de productos en el país [25].


Gastos Deducibles del IR: Para calcular la renta neta, que es la base imponible del IR, se pueden deducir ciertos costos y gastos de la renta bruta [12, 13, 26].


Estos deben ser necesarios y normales para producir la renta gravable y mantener la actividad [14, 17, 18, 27, 28].


Algunos de los gastos deducibles son [14, 17, 18, 28]: Los gastos pagados y causados durante el año en cualquier negocio o actividad [17, 18, 28].


Las cuotas de depreciación de bienes productores de rentas gravadas [14, 29].


Las cuotas de amortización de activos intangibles [29].


Los derechos e impuestos no acreditables por operaciones exentas [29].


Los intereses, comisiones, descuentos y similares de carácter financiero [30-32].


Las donaciones a instituciones benéficas y al Estado, hasta el 10% de la renta neta [32-34].

Los impuestos a cargo del contribuyente no indicados en el artículo 43 de la ley [35-37].


Las pérdidas por caducidad, destrucción, merma, rotura, sustracción o apropiación indebida de elementos de producción [29, 35-37].


Los gastos de dirección y administración de la casa matriz [35, 36].


Pagos por canon, conservación, operación de bienes, primas de seguro en arrendamientos financieros [38, 39].


El autoconsumo de bienes para el proceso productivo [38, 39].


Las rebajas, bonificaciones y descuentos por políticas comerciales [38, 39].


Las primas de seguros y fianzas [40, 41].


El transporte marítimo, aéreo y terrestre internacional [40, 41].


Las comunicaciones telefónicas y de internet internacionales [40, 41].


El Impuesto al Valor Agregado (IVA) no acreditable en operaciones exentas [42, 43].


Las pérdidas por malos créditos debidamente justificadas [37].


Gastos No Deducibles del IR: Los gastos personales del contribuyente y su familia [44].

El IR mismo [44].


El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) sobre terrenos baldíos no explotados [44].


Los recargos por adeudos tributarios y las multas [44].


Las reservas para acumularse con cualquier propósito, con algunas excepciones [45].


Los pagos de tributos por cuenta de terceros [45].


El IECC que se acredite a los exportadores [45].


Cualquier erogación que no esté vinculada con la obtención de rentas gravables [46].


Las sumas invertidas en la adquisición de bienes y mejoras de carácter permanente [29].


Otros Aspectos Importantes: Retenciones: Los empleadores deben retener

mensualmente el IR de las rentas del trabajo de sus empleados [6, 47, 48].


La alícuota de retención para rentas del trabajo a no residentes es del 15% [47, 48].


Las rentas de actividades económicas obtenidas por no residentes se gravan con una alícuota de retención definitiva [49, 50].


Base imponible para no residentes: La base imponible del IR para las rentas del trabajo de no residentes es la renta bruta [51, 52].


Base imponible para contribuyentes con bajos ingresos: La renta neta para los contribuyentes con ingresos brutos anuales menores o iguales a C$12,000,000 se determina como la diferencia entre ingresos percibidos y egresos pagados [49, 51].

En este caso, los activos sujetos a depreciación se deducen inmediatamente [49, 51].

Depreciación: La depreciación de activos se realiza utilizando el método de línea recta, pero los exportadores pueden aplicar una depreciación acelerada [53].


Régimen Simplificado: Existe un régimen simplificado para algunos contribuyentes, como los que operan en bolsas agropecuarias, que pagan una retención definitiva del IR en cada transacción y quedan exentos de declarar el IR anual [54-58].


Este régimen no aplica a contribuyentes con ventas anuales superiores a C$40,000,000 [55].


Transacciones Bursátiles: Las transacciones realizadas a través de bolsas de valores autorizadas están exentas de tributos fiscales y locales, pero las rentas derivadas de estas transacciones sí están sujetas al IR [59].


Grandes Contribuyentes: Los grandes contribuyentes pueden deducir hasta el 2.5% de sus ingresos brutos declarados del período fiscal anterior.

Los demás contribuyentes, hasta el 5% [59].


Zonas Francas: Las empresas en zonas francas gozan de exenciones del 100% durante los primeros diez años, y luego el 60% del undécimo año en adelante, del pago del impuesto sobre la renta generada por sus actividades en la zona [60].


También gozan de otras exenciones fiscales y aduaneras, siempre y cuando cumplan con los requisitos laborales [61, 62].


Obligaciones de los contribuyentes: Los contribuyentes deben inscribirse, presentar declaraciones, efectuar retenciones, suministrar información y cumplir con otras obligaciones tributarias [16, 24].


Facultades de la Administración Tributaria: La Administración Tributaria puede requerir información a los contribuyentes, verificar sus declaraciones y fiscalizar sus actividades [63, 64].


Es importante tener en cuenta que las leyes tributarias pueden ser complejas y sujetas a cambios.


Por lo tanto, es recomendable consultar con un profesional en materia tributaria para asegurar el cumplimiento adecuado de las obligaciones fiscales.

 
 
 

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